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Matt Conner 
Cuando un ser querido fallece como consecuencia de la negligencia de otra persona, los familiares supervivientes suelen sentirse desorientados respecto a las acciones legales que pueden emprender. La terminología jurídica puede resultar confusa, pero el concepto es sencillo: los responsables de la muerte de esa persona pueden ser considerados responsables de sus actos. Aunque no es posible asignar un valor monetario a la vida de una persona, los importes de las indemnizaciones se establecen en el estado basándose en cuatro leyes.
La legislación de Washington sí aborda las tragedias específicas relacionadas con las lesiones y la muerte de un menor. En virtud del artículo 4.24.010 del Código Revisado de Washington (RCW), la muerte de un menor podría dar lugar a una indemnización a los padres para cubrir el duelo parental, la angustia emocional, el sufrimiento, la pérdida de amor y compañía, el deterioro de la relación entre el menor y los padres, los gastos médicos y hospitalarios, así como otros gastos relacionados con las lesiones y la muerte del menor.
Estos casos se rigen por la ley general sobre homicidio culposo, RCW 4.20.010. Se trata de una acción judicial interpuesta por un representante personal en nombre del fallecido. Puede tratarse del cónyuge, de un hijo o de los hijos supervivientes.
En el caso de los fallecidos que dejen cónyuge y/o hijos supervivientes, el jurado puede conceder una indemnización por daños y perjuicios en función del impacto que la muerte del fallecido tenga en su calidad de vida (incluido el apoyo emocional, el apoyo económico, etc.). El daño moral por la anticipación de la muerte solo puede ser reclamado por los beneficiarios que se mencionan específicamente en la ley, como el cónyuge o los hijos supervivientes.
Estas reclamaciones se aplican a todos los fallecidos, incluidos aquellos que no estén casados ni tengan hijos. En virtud del artículo 4.20.046 del RCW, la reclamación la presenta un representante personal del fallecido en beneficio de su patrimonio. La indemnización por daños y perjuicios en este tipo de reclamaciones puede incluir la capacidad de generar ingresos que el fallecido habría aportado de haber vivido hasta alcanzar una esperanza de vida normal. Esto se determina mediante:
Estas reclamaciones se rigen por la Ley Especial de Lesiones Personales (RCW 4.20.060), cuando los supervivientes no puedan tener derecho a otras indemnizaciones en virtud de otras leyes. La reclamación se presenta en nombre del cónyuge o de los hijos supervivientes del fallecido. Si no hay cónyuge superviviente, otros familiares supervivientes que dependieran económicamente del fallecido pueden presentar la reclamación (como padres, hermanos o hermanas). Las pérdidas indemnizables en este tipo de casos incluyen los gastos médicos y hospitalarios, los gastos de funeral y entierro, y los ingresos perdidos antes del fallecimiento del difunto.
En las reclamaciones por daños personales, el demandante sigue con vida. La reclamación no la presentan sus familiares, sino que es la propia parte lesionada quien solicita una indemnización por sus pérdidas actuales y futuras. La indemnización en las reclamaciones por daños personales puede incluir:
La carga de la prueba recae en la parte perjudicada (el demandante), quien debe demostrar que el demandado tenía un deber de diligencia, que incumplió dicho deber y que ese incumplimiento provocó sus lesiones. Además, debe justificar todos los gastos relacionados con dicho accidente para poder obtener una indemnización del demandado.
Si has perdido a un ser querido debido a la negligencia de otra persona, o si has sufrido lesiones graves a raíz de un accidente, los abogados especializados en homicidio culposo de Brett McCandlis Brown & Conner quieren ayudarte. Dada la complejidad de la legislación y la gran variedad de tipos de reclamaciones relacionadas con el homicidio culposo, deja que nuestros abogados especializados en lesiones en Washington evalúen tu caso y te ayuden a determinar qué normativa se aplica a tu reclamación concreta. A continuación, trabajaremos contigo en cada paso del proceso para garantizar que recibas una indemnización por tus lesiones personales o por el fallecimiento de un ser querido. Da el primer paso hoy mismo concertando una consulta sin compromiso llamando al 800-925-1875 o rellenando nuestro formulario de contacto en línea con tus dudas legales.
Matt Conner cuenta con una trayectoria de éxito contrastada. Tras graduarse en la Universidad de Willamette con una doble titulación en Matemáticas y Economía, Matt trabajó como economista en la Oficina de Análisis Económico del Estado de Oregón antes de pasar a trabajar en el sector hipotecario y inmobiliario. Aunque poco después Matt se matriculó en la facultad de Derecho, su paso por el sector financiero le ha proporcionado una valiosa experiencia sobre cómo conseguir la máxima indemnización para sus clientes.